EN CORDOBA: Juárez Celman: confirman una resolución que disponía desocupar el predio


El Juzgado de Control consideró que existen pruebas de la voluntad de usurpación de los ingresantes. La decisión fue apelada y ahora debe analizarla la Cámara de Acusación

El Juzgado de Control en lo Penal Económico confirmó una resolución de la Fiscalía del Distrito III Turno 6º que emplazaba a un grupo de personas acusadas de usurpar un inmueble ubicado en la localidad de Juárez Celman a desocupar el terreno dentro del término de tres días corridos, “juntamente con las personas y cosas que de ellos dependan, bajo apercibimiento de practicar la medida mediante el uso de la fuerza pública”. Esta decisión fue apelada por la defensa de los imputados y ahora está radicada en la Cámara de Acusación de Córdoba.
En su pronunciamiento, la jueza de control Ana María Lucero Offredi señaló que la voluntad de usurpación de los ingresantes, en el sentido de despojar de la posesión o tenencia a quien la detentaba y hacer que el bien pase a su propia esfera de custodia, se manifestó desde ese primer momento, puesto que, además de los actos que habrían desarrollado los invasores con miras a establecer y conservar para sí la posesión del lote, habrían manifestado explícitamente esa intención a un oficial de policía que llegó al lugar, a quien –según la acusación- le dijeron que ellos eran “un grupo de vecinos autoconvocados y que iban a tomar posesión del terreno porque no tenían viviendas, y nadie los iba a sacar del lugar”.
La magistrada explicó que existen demostraciones de fuerza o de violencia que sin impactar directamente sobre los bienes ni ser aplicados sobre las personas desposeídas, indudablemente constituyen actos de “violencia física tácita”. “El supuesto comprende los casos en que la amenaza consiste en anuncio (aun sin palabras), de un futuro despliegue de violencia para el caso de resistirse el despojo, deducible del contexto en el que se desarrollan las acciones, y que sea lo suficientemente idónea para doblegar la voluntad del sujeto pasivo, induciéndolo a no evitar la invasión ni su mantención”, sostuvo.
“Tal situación, es claramente deducible de la invasión masiva de un gran número de personas, muchos de ellos con postes, estacas, alambres, palas etc., cuya simple presencia y abrumadora superioridad numérica, claramente fue determinante para impedir ser repelidos por el cuidador, o por el personal de Camino de las Sierras, y por los primeros policías que arribaron al lugar, a tal punto que ninguno de ellos se atrevió a impedir que nuevos ingresantes ocuparan otras porciones del terreno durante las siguientes horas”, agregó.
La resolución del Juzgado de Control manifiesta que el cuidador del predio, en su declaración testimonial, da cuenta de esta situación de “violencia moral” a la que se vio sometido por la presencia de los invasores portando elementos contundentes que podrían ser utilizados como armas impropias. “(El cuidador) incluso relata una amenaza expresa recibida de los ocupantes, cuando declara que ante la presencia de todas estas personas, se les aproximó para preguntarles qué hacían en el lugar y les manifestó que ese lugar era propiedad privada y varias de éstas personas que tenían palas en sus manos le respondieron -sin poder precisar quienes- “que estaban usurpando, que se retirara de ahí porque le podía ir mal”, y sintiendo temor ante dichas manifestaciones se dirigió a su morada distante tan sólo unos 50 metros de dicho predio, y llamó por teléfono a la policía”, refiere el pronunciamiento.
El predio en cuestión se ubica entre los barrios Guiñazú y Ciudad de los Niños, y entre la Ruta 9 vieja y la Variante Juárez Celman, de la localidad de Juárez Celman. Al momento de la ocupación, ejercía la posesión de una parte del terreno la empresa Camino de las Sierras S.A. y de otra parte del inmueble la firma Urbanor SA.

Causa:“ALVAREZ, MARCOS MARTIN y otros p.ss.aa. USURPACION - (Expte. SAC 1933427) S/ Oposición al Desalojo”
Fecha: 3 de octubre de 2014.

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