LA CAMARA DE CORDOBA ESTABLECIÓ QUE SE DEBE INDEMNIZAR EL DAÑO MORAL QUE LE OCACIONO LA PODA DE ARBOLES DE SU PROPIEDAD
Deberá ser indemnizado por el daño moral que le ocasionó la poda de árboles de su propiedad Camaristas ratificaron que es contraria a derecho la intromisión y poda de especies existentes en un fundo ajeno Una mujer deberá indemnizar con 5.000 pesos al haber ordenado una poda de árboles que incluyó algunas especies que estaban ubicadas en un terreno vecino al suyo, en el barrio Las Tejas, de la ciudad de Córdoba. La Cámara en lo Civil y Comercial de la 5º Nominación ratificó que la mujer y el titular de una empresa de mantenimiento de espacios verdes, al que aquella había contratado para concretar la tala, tendrán que resarcir el daño moral ocasionado al dueño de los árboles afectados, que había proyectado arquitectónicamente su casa en función de estos. Los árboles en cuestión fueron cortados en el tronco y a una altura de un metro. El tribunal intervino a raíz del recurso de apelación promovido por los codemandados contra la sentencia del Juzgado en lo Civil y Comercial de 4...