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Mostrando las entradas de julio, 2014

EN CORDOBA:Capacitan a funcionarios para implementar la subasta judicial electrónica

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El objetivo del programa de perfeccionamiento, que se concretará entre el 12 y el 14 de agosto, es facilitar la eficacia del nuevo sistema El Poder Judicial de Córdoba comenzará un intenso programa de capacitación para funcionarios judiciales con el fin de facilitar la eficaz implementación en los procesos judiciales de la subasta electrónica de bienes muebles no registrables (artículo 577 del Código Procesal Civil y Comercial de Córdoba). El plan comenzará el día 12 de agosto, ocasión en la que en la Sala de Remate (subsuelo) del edificio ubicado en calle Arturo M. Bas 244 (ex Banco de Córdoba), en el horario de 13.15 a 15, serán capacitados los secretarios y prosecretarios de los juzgados de 1º a 15º Nominación del fuero Civil y Comercial, así como de los juzgados del fuero Concursal y de Ejecuciones Fiscales. Al otro día, en el mismo horario y lugar, será el turno de los funcionarios de los juzgados de 16º a 51º Nominación del fuero Civil y Comercial. Mientras tanto, el juev...

PROCESAN POR HOMICIDIO AL ACUSADO DE ENVESTIR A DOS MENORES EN ESTADO DE EBRIEDAD

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En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintitrés días del mes de julio del año 2014, reunidos en el Salón de Acuerdos los Sres. miembros del Superior Tribunal de Justicia de Feria, a saber: Presidente Dra. SUSANA MEDINA DE RIZZO, y los Vocales Dres. BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA y EMILIO CASTRILLÓN, asistidos por la Dra. ANALÍA VARGAS, Secretaria de Feria, fueron traídas para resolver, las actuaciones caratuladas: "DIAZ SILVIO RAMÓN s/ HOMICIDIO - LESIONES".- Practicado el sorteo de ley resultó que la votación debía tener lugar en el siguiente orden: Sres. Vocales Dres. SALDUNA, CASTRILLÓN y MEDINA DE RIZZO.- Examinadas las actuaciones, el Tribunal planteó la siguiente cuestión: ¿Qué cabe resolver? A LA CUESTIÓN PLANTEADA EL SEÑOR VOCAL DR. SALDUNA, DIJO: I.- A fs. 259/268 vta., la Dra. Corina Andrea Beisel, a cargo de la defensa técnica del imputado Silvio Ramón Díaz, apela el pronunciamiento de fs. 218/236, dictado por la Sra. Jue...

La Provincia deberá indemnizar a los padres de una joven asesinada por su exesposo

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La Cámara 5º en lo Civil y Comercial consideró que, pese a las denuncias, la Policía no adoptó las medidas necesarias para evitar hechos de violencia contra la mujer El Estado provincial deberá indemnizar con 113.067 pesos (100.000 pesos de ellos en concepto de daño moral) a los padres de una joven de 19 años que, junto a su bebé de un año, fue asesinada por su exesposo, en diciembre de 2000. La Cámara en lo Civil y Comercial de 5º Nominación de la ciudad de Córdoba concluyó que la Policía no adoptó las medidas de seguridad exigidas por los tratados internacionales para evitar hechos de violencia contra la mujer, pese a las reiteradas denuncias previas que la mujer había formalizado contra su marido. Asimismo, el tribunal pidió al Estado que, dada la gravedad del caso, pague la suma a la que fue condenado “en forma y voluntaria, sin que deba procederse a la ejecución forzada de la sentencia” y, menos aún, que pueda invocarse como causal de la demora “ni la consolidación (de deu...

EN CORDOBA: Por fallas en un auto comprado en 2010, una concesionaria debe ahora entregar un 0 km

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Camaristas también dispusieron que la concesionaria debe resarcir al consumidor con 10.000 y 25.000 pesos, en concepto de daño moral y daño punitivo, respectivamente Una concesionaria y una fabricante deberán sustituir con un modelo 2014 el automóvil cero kilómetro adquirido por un cliente en 2010 que presentaba fallas mecánicas. Si las empresas no cumplieran con esto, el cliente podrá adquirir otro vehículo de similares características, a costa de las firmas condenadas, que además deberán indemnizar al damnificado, con 10.000 pesos y 25.000 pesos, en concepto de daño moral y de daño punitivo, respectivamente. Asimismo, tendrán que resarcir la privación del uso del automotor ocasionada, la que será determinada cuantitativamente durante la etapa de ejecución de la sentencia. Así lo resolvió la Cámara 4º de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba. El tribunal hizo lugar al recurso de apelación promovido por el cliente y su esposa contra la sentencia del Juz...

EN EL PAIS: RESPONSABILIDAD DEL DIRECTOR DE UNA S.A. ANTE LAS LEYES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL ANTE DESPIDO INCAUSADO

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Partes:  Lencina Leonardo Sergio c/ Todo Gusto S.A. y otros s/ despido   Tribunal:  Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo  Sala/Juzgado:  VI  Fecha:  22-jun-2012  Cita:  MJ-JU-M-74585-AR | MJJ74585 | MJJ74585  Las personas físicas codemandadas resultan responsables (art. 59 y 274 LSC.) en su carácter de directores de la sociedad anónima pues han violado las leyes laborales de orden público y las normas de seguridad social, sin que haya necesidad de apartar la persona jurídica cuya invalidez, inexistencia o irregularidad no ha sido demostrada (art. 54 de la LSC.). Sumario: 1.-Corresponde hacer extensiva la condena dispuesta a las personas físicas codemandadas (conf. arts. 59  y 274  de la LSC.) toda vez que no se advierte que las invocaciones del escrito de inicio, referidas a las imputaciones de responsabilidad pretendida a título personal de los integrantes del órgano de administración de las sociedades de...

EN EL PAIS: UN SOCIO AL CONSTITUIR UNA SOCIEDAD CON MISMO OBJETO A UNA EMPRESA EN CESACION DE PAGOS, SE HACE EXTENSIBLE LA FALENCIA A LA PERSONA FISICA

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Partes:  Polero y Hendi S.R.L. s/ Tribunal:  Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala/Juzgado:  B Fecha:  4-abr-2013 Cita:  MJ-JU-M-79571-AR | MJJ79571 Encontrándose probado que hallándose la sociedad en cesación de pagos uno de los socios constituyó otra sociedad con igual objeto y que la nueva sociedad desarrollaba su actividad en el mismo inmueble que su antecesora desviándose la clientela a esta nueva sociedad corresponde extender la falencia de la sociedad a dicha persona física.  Sumario: 1.-No corresponde extender la quiebra a una sociedad cuya quiebra ha sido ya declarada y cuya conclusión fue dispuesta en los términos y con los alcances del art. 231 de la ley 24522, toda vez que falencia apareja, por consecuencia que la persona jurídica codemandada a quien se pretende extender la falencia, se disolviera a tenor de lo dispuesto por el art. 94 inc. 6º de la ley 19550, consecuencia ésta que se produjo fatalmente ante la au...

EN EL PAIS: ES IMPROCEDENTE LA EXTENSION DE LA QUIEBRA DE EMPRESAS QUE POSEEN MISMO ACTIVIDAD Y MISMOS SOCIOS

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Partes:  Jorge Fischetti S.A. s/ quiebra, pedido de extensión de quiebra a Fischetti y Cía. SRL Tribunal:  Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala/Juzgado:  F Fecha:  2-ago-2012 Cita:  MJ-JU-M-75387-AR | MJJ75387 | MJJ75387 No procede la extensión de quiebra por el solo hecho que ambas empresas desarrollan similar objeto social, en tanto no operan en el mismo lugar y la tenencia del socio en común no alcanza para formar la voluntad social y tampoco puede a través de la ínfima participación desviar el interés social de la controlada a favor de la controlante. Sumario: 1.-La extensión de quiebra constituye uno de los medios orientados a incrementar el activo liquidable para su reparto entre los acreedores, generalmente insatisfechos a raíz de la insolvencia de su deudor. 2.-El objetivo central del instituto de la extensión de quiebra define otro de los presupuestos de su procedencia u operatividad: la insuficiencia del activo de la qu...