EN CORDOBA: por violencia familiar Niegan libertad a un hombre acusado de agredir y hostigar a su ex pareja
Niegan libertad a un hombre acusado de agredir y hostigar a su ex pareja
El imputado violó “sistemáticamente” las órdenes de restrincción de acercamiento y comunicación con la víctima de violencia familiar
El juez de Control de Jesús María, Oscar Patat, rechazó el pedido de recupero de libertad solicitado por un hombre que está siendo investigado por agredir a su ex pareja y hostigarla a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto intimidantes. La acusación también le atribuye al acusado la confección y la distribución en un espacio público de un “panfleto” con expresiones denigrantes hacia la víctima.
Pese a que podría resultar procedente una condena condicional, puesto que la escala penal aplicable parte de los 2 y llega a los 11 años de prisión o reclusión y que el acusado carece de antecedentes computables, el magistrado entendió que el otorgamiento de la libertad genería “peligro para el proceso”. El juez Patat refirió que el acusado desobedeció “sistemáticamente” a la autoridad judicial que le restringió la comunicación con la víctima y su presencia en el domicilio personal o laboral de su ex pareja.
“(El acusado) fue contumaz en el proceso, perturbó a la víctima, comunicándose con ella de modo amenazante, violando órdenes de restricción, coaccionándola, lesionándola en un primer momento y, por sobre todo, sorteando las condiciones, que expresamente conocía que debía cumplir, para mantener su libertad antes otorgada”, insistió el magistrado.
El magistrado agregó que este caso constituye “un claro ejemplo de peligro procesal concreto” puesto que la víctima, los testigos de la causa, el juez competente en violencia familiar, el fiscal y el imperio de la ley fueron “dejados de lado por el imputado”.
En la resolución subraya que la amenaza de privación efectiva de libertad en caso de incumplimiento de las medidas sustitutivas (órdenes de restricción e incomunicación con la víctima) fue totalmente inocua e inobservada por el acusado con conciencia y voluntad. “Su voluntad de violarlas y su persistencia en ello, resultan indiscutibles”, sintetizó Patat.
El fiscal interviniente encuadró las conductas atribuidas al imputado en los delitos de lesiones leves calificadas, desobediencia a la autoridad y coacción en concurso real, desobediencia a la autoridad reiterada, tres hechos, en concurso real y desobediencia a la autoridad, todo en concurso material.
Pese a que podría resultar procedente una condena condicional, puesto que la escala penal aplicable parte de los 2 y llega a los 11 años de prisión o reclusión y que el acusado carece de antecedentes computables, el magistrado entendió que el otorgamiento de la libertad genería “peligro para el proceso”. El juez Patat refirió que el acusado desobedeció “sistemáticamente” a la autoridad judicial que le restringió la comunicación con la víctima y su presencia en el domicilio personal o laboral de su ex pareja.
“(El acusado) fue contumaz en el proceso, perturbó a la víctima, comunicándose con ella de modo amenazante, violando órdenes de restricción, coaccionándola, lesionándola en un primer momento y, por sobre todo, sorteando las condiciones, que expresamente conocía que debía cumplir, para mantener su libertad antes otorgada”, insistió el magistrado.
El magistrado agregó que este caso constituye “un claro ejemplo de peligro procesal concreto” puesto que la víctima, los testigos de la causa, el juez competente en violencia familiar, el fiscal y el imperio de la ley fueron “dejados de lado por el imputado”.
En la resolución subraya que la amenaza de privación efectiva de libertad en caso de incumplimiento de las medidas sustitutivas (órdenes de restricción e incomunicación con la víctima) fue totalmente inocua e inobservada por el acusado con conciencia y voluntad. “Su voluntad de violarlas y su persistencia en ello, resultan indiscutibles”, sintetizó Patat.
El fiscal interviniente encuadró las conductas atribuidas al imputado en los delitos de lesiones leves calificadas, desobediencia a la autoridad y coacción en concurso real, desobediencia a la autoridad reiterada, tres hechos, en concurso real y desobediencia a la autoridad, todo en concurso material.
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