EN CORDOBA: ¿Qué hacer con las multas de la Policía Caminera?
¿Qué hacer con las multas de la Policía Caminera?
Desde el Gobierno de Córdoba respondieron
que si el conductor sospecha alguna anomalía con respecto a la multa que le
labraron, debe dirigirse al Juzgado de Faltas.
1¿Están al tanto sobre supuestas anormalidades en la
formulación de las multas de tránsito por parte de la Policía Caminera?
–Todos
los que dicen que no está bien la multa que le labraron, tienen que ir al
juzgado correspondiente y pedir la exhibición del original. Ése es el primer
paso para poder quejarse, poder ver el original, que es la boleta que el
policía manda a cada juzgado de Faltas. Al momento de labrarse la multa, se le
entrega una copia al conductor, que es la primera notificación, y allí figura a
qué juzgado debe dirigirse; tiene 10 días para pagar con el descuento y hacer
el descargo que quiera, antes de entrar en “rebeldía”. Por eso, si tira esta
boleta o no la quiere recibir, no es que le va a llegar otra notificación a la
casa, sino que ya está. Sólo le va a llegar una notificación cuando entre en
“rebeldía”.
2Una dificultad surge cuando a los multados les toca
un juzgado de Faltas lejos de sus domicilios. Por ejemplo, un conductor que
vive en la ciudad de Córdoba pero la infracción fue en Arroyito, ¿debe viajar
hacia allá sólo para realizar un descargo o tiene otra alternativa?
–Todos pueden realizar sus descargos en
la jurisdicción donde tengan fijado el domicilio. Si viven en Córdoba, pueden
ir al Juzgado de Faltas local (NdR: calle Spilimbergo 3656, barrio Cerro Chico)
y solicitar realizarlo ahí. Ese juzgado solicitará el acta original al de
Arroyito y cuando se la manden se podrá hacer el descargo.
3Hay
casos en que los conductores aseguran que les llegaron multas pese a que nunca los frenaron en la ruta.
–Lo primero que se debe hacer es
presentarse ante el Juzgado de Faltas, para constatar con el acta original.
Cuando el policía labra la multa, envía el acta original al juzgado
correspondiente y da al conductor la boleta rosada. Con el acta original, en el
juzgado se puede hacer el descargo. Si creen que su firma no es la que
corresponde, por ejemplo, pueden solicitar una pericia caligráfica. Si dicen
que no pasaron por esa ruta en la hora y el día que figura en la boleta, pueden
presentar los comprobantes que acrediten lo contrario.
4Hay casos en que los conductores aseguran que sí los
detuvieron, les pidieron el carné y otros datos y los dejaron seguir, sin
ninguna multa. Y ahora les llegan multas que supuestamente se negaron a firmar.
¿Cómo se pueden defender, si efectivamente a esa hora pasaron por esa ruta y
por ese control? Es la palabra del conductor contra la del policía.
–Las argumentaciones las tienen que
presentar ante el juzgado de Faltas; para eso están. Siempre hay probabilidades
de defensa. Si no está de acuerdo con el fallo, también puede recurrir a la
Justicia ordinaria. Lo que pasa es que muchas veces aparecen quejas mediáticas,
pero después no aparecen en los juzgados.
5También hay conductores que dicen que se resignan a
pagar porque les sale más barato que poner un abogado.
–Antes los montos sancionatorios estipulados en las multas eran irrisorios, pero en la actualidad los montos son elevados y sin una defensa correcta del infractor, este podria ser objeto de una medida cautelar como la traba de un embargo preventivo o ejecutorio sobre el vehiculo de propiedad del infractor, razón por la cual, es indispensable tener una correcta defensa, pueto que su abogado conforme al codigo arancelario solo le costaria 2 jus de consulta, 4 jus de consulta escrita y la aplicacion del art. 36 de la ley 9459 al finalizar el proceso judicial que es regulado por el juez en su sentencia o resolución.-
6¿No se podría poner una cámara de filmación en cada
control, para evitar esto? De esta manera, quedaría registrado cuándo y cómo se
labró la multa y nadie que se negó a firmarla podría argumentar después que le
inventaron la boleta.
–No sé, no podemos poner una cámara en
cada móvil.
7¿Y en qué se gasta lo que se recauda por las multas?
–Existe una ley provincial que fija que
debe volver el dinero recaudado a la Caminera, para dotarla de más seguridad.
8¿Esto incluye mejorar las rutas?
–No, no, eso compete a Vialidad.
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