Condenado a 9 años y 6 meses de prisión por delitos cometidos cuando era menor de edad

Ya había sido declarado coautor de robo calificado reiterado y homicidio en ocasión de robo por una Cámara del Crimen

En el Juzgado Penal Juvenil de 4ª Nominación, a cargo de juez José H. González del Solar, se llevó a cabo esta mañana la lectura de la sentencia que condenó a un joven a la pena de nueve años y seis meses de prisión como coautor de robo calificado reiterado y homicidio en ocasión de robo. Los delitos contra la propiedad fueron cometidos con armas de fuego durante los años 2010 y 2011; en tanto que el ilícito de mayor gravedad ocurrió el 11 de enero de 2011. En esa oportunidad, perdió la vida el joven Ezequiel Eduardo Villarreal, vecino de barrio Alto Alberdi de la ciudad de Córdoba, cuando el ahora condenado disparó el arma que esgrimía contra quienes resistían el asalto.

Por el homicidio en ocasión de robo, la Cámara 8ª del Crimen de Córdoba ya había condenado el 14 de septiembre de 2012, al otro coautor, mayor de edad, a la pena de quince años de prisión. En tanto, el menor había quedado bajo un tratamiento tutelar y correctivo hasta los 21 años de edad, de acuerdo a la legislación penal vigente, tratamiento que dispuso el Juzgado Penal Juvenil de 4ª Nominación.

Según explicó el juez penal sentenciante, pese a que se pusieron a su disposición todos los recursos disponibles para lograr su recuperación, los resultados fueron insuficientes pues, al cabo de años de trabajo educativo, sólo se alcanzó en él una incipiente recuperación que no neutraliza la reprochabilidad emergente de los graves delitos cometidos.

El monto de la pena se fijó dentro de la escala de atenuación que ofrece la ley nacional 22.278 y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desde el precedente "Maldonado" del año 2005, considera la aplicable en estos casos por la menor culpabilidad emergente de la misma edad, salvo excepción.

Dado que el joven condenado ya ha estado internado más de cuatro años de privación de libertad durante el proceso y el tratamiento tutelar, podría acceder en algunos meses al régimen de prueba que admite la legislación penitenciaria, siempre que satisfaga los requisitos que están previstos para gozar de dicho beneficio.



Causa: “S. C. F. psa Homicidio en Ocasión de Robo” - Expte. N° 1340629
Fecha: 10 de abril de 2015


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